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Cinco años y cuatro meses de cárcel por amenazar e intentar matar a su expareja en Villanueva de Gállego

Un hombre de 39 años ha sido condenado a cinco años y cuatro meses de cárcel por amenazar e intentar matar a su expareja en su domicilio de Villanueva de Gállego, en la provincia de Zaragoza. Se le condena a abonar las costas procesales. El acusado permanece en prisión provisional desde el 13 de junio de 2013.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza condena a Pedro C. F. a a cinco años de prisión como autor responsable de un delito de homicidio en grado de tentativa con la agravante de parentesco y las atenuantes de drogadicción y reparación del daño. Además, le prohíbe aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, Rebeca G., durante seis años.

También le condena por un delito de amenazas en el ámbito familiar en grado de tentativa a cuatro meses de cárcel y le prohíbe acercarse a su expareja a menos de 200 metros durante un año y cuatro meses, así como establecer cualquier tipo de comunicación en este tiempo.

Los hechos juzgados se remontan a la madrugada del 12 de junio de 2013. Al parecer, ese día el acusado llamó a su expareja, con la que había finalizado su relación hacía un mes, para que acudiera a su domicilio.

Una vez en su vivienda, la sentencia considera probado que Pedro C. F. indicó a Rebeca G. que quería seguir la relación y, ante la negativa de la misma, "la hizo objeto de golpes que propinó por todo el cuerpo, le mordió la mandíbula, llevándola al cuarto de baño, donde la ubicó frente al espejo con el fin de que viera el resultado de los golpes, y, en esa postura, le subió la camiseta que llevaba hasta el cuello, apretándosela, levantándola del suelo, con el fin de acabar con su vida".

Cuando logró zafarse, Rebeca G. intentó irse de la vivienda pero no lo consiguió y el acusado trató de asestarle varias cuchilladas "a la altura del abdomen". Golpes que "paró interponiendo el bolso, que resultó con diversos cortes", reza la sentencia.

Con arreglo a la jurisprudencia expuesta, se estima que el condenado actuó "con dolo directo de matar" y ello "debido al estrangulamiento de que fue objeto, maniobra por sí misma susceptible de causar la muerte", el hecho de "dirigir cuchilladas al abdomen de la víctima" y la voluntad manifestada por el autor, y puesta de manifiesto por la víctima, de que volviera con él quisiera o no, "lo que es demostrativo de la voluntad de matar, precisamente como expresión de esa voluntad de hacerla volver pese a su oposición", reza la sentencia.

La sentencia también considera que los hechos son constitutivos, igualmente, de un delito de amenazas del artículo 174.1 del Código Penal, al proferir el acusado las expresiones recogidas en los hechos probados. La Audiencia Provincial de Zaragoza estima que "suponen el anuncio inminente de un mal grave", "dirigido a la que fue su compañera sentimental, anuncio que, evidentemente, y ante la situación anterior, ya puesta de relieve, causó un gran temor a la destinataria de las mismas".

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Fuente: Aragón Digital

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