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Noticias de Villanueva de Gállego

Aprobadas las tasas de la Escuela Infantil

El martes 17 de julio de 2.007, el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza publicó el acuerdo plenario que aprobó definitivamente el expediente de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de la escuela de educación infantil. El BOPZ indica no se han presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público y que entrará en vigor a partir de dicha publicación.

En dicho acuerdo plenario se establece que la cuantía de la tasa vendrá determinada en función de la capacidad económica acreditada mediante la renta familiar declarada en el ejercicio anterior al curso de que se trate, conforme a la siguientes tarifas:

Renta familiar anual                              Servicio mensual      Servicio mensual 

                                                             (sin comedor)        (con comedor)

Grupo 1

Renta familiar superior 27.675,01 euros        143,50 euros    215,25 euros

Grupo 2

Renta familiar de 24.600,01 a 27.675 euros   128,12 euros    199,90 euros

Grupo 3

Renta familiar de 21.525,01 a 24.600 euros   112,75 euros    184,50 euros

Grupo 4

Renta familiar de 18.450,01 a 21.525 euros   97,38 euros      169,12 euros

Grupo 5

Renta familiar de 15.375,01 a 18.450 euros   82,00 euros      153,75 euros

Grupo 6

Renta familiar de 12.300,01 a 15.375 euros   66,62 euros      138,37 euros

Grupo 7

Renta familiar inferior a 12.300 euros            41,00 euros        82,00 euros

La cuota de la matrícula anual será de 10,25 euros. Se aplicará una bonificación del 25% de descuento en la cuota tributaria mensual del segundo hijo matriculado en el centro. Para las familias numerosas se aplicará una bonificación del 25% de descuento en la cuota tributaria mensual, sin que este descuento sea acumulable al anterior. Dichas bonificaciones no afectan a los servicios extraordinarios siguientes: 

- La cuota mensual por ampliación en una hora del horario normal (por la mañana o por la tarde) se establece en 16,40 euros/mes por cada hora o fracción hora.

- La cuota por hora extra ocasional fuera del horario normal sería de 3,07 euros/hora o fracción hora/ día.

- La cuota por utilización ocasional de comedor es de 5,12 euros/ día.

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